Dec 21, 2024 Last Updated 2:47 PM, Dec 20, 2024

Teletrabajo: una reglamentación a la medida de la flexibilización laboral

Escribe Pablo Almeida, delegado general ATE Ministerio de Economía y legislador porteño por Izquierda Socialista/FIT Unidad

El Poder Ejecutivo reglamentó la ley que supuestamente regula el teletrabajo en nuestro país. Dicha norma había sido aprobada a finales de julio de 2020. Y como no podía ser de otra manera, el gobierno peronista de Fernández introduce a través de la reglamentación de la ley un clarísimo respaldo a la posición de las patronales estableciendo en varios artículos una implementación en desmedro de los trabajadores, abriendo las puertas a una mayor flexibilización laboral.

El 20 de enero se publicó en el Boletín Oficial el decreto 27/2021 que reglamenta la ley 27.555, de teletrabajo. La reglamentación realizada por el gobierno nacional deja a las claras, por si a alguien le quedaban dudas, que la ley sólo persigue el fin de avanzar con la flexibilización de las relaciones laborales en nuestro país pasando sobre los derechos adquiridos de millones de trabajadores y trabajadoras. Cada artículo de la reglamentación “desempata” para el lado de las patronales cualquier aspecto que en la ley pudiera haber quedado como medianamente favorable a las y los trabajadores. Y deja sin reglamentar, o sea en un limbo que en la gran mayoría de los casos se resuelve a favor del empleador, varios artículos de la ley aprobada en el Congreso.

Veamos algunos ejemplos, en primer lugar, la fecha de aplicación de la ley. Su entrada en vigencia estaba establecida noventa días después de concluidas las medidas de aislamiento social. “La reglamentación, sin embargo, establece que esos noventa días comenzarán a contarse allí cuando la cartera laboral lo disponga y no a partir del 8 de noviembre, cuando, por decisión del Ejecutivo, se dejó sin efecto el aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) para dar lugar al distanciamiento social (Dispo)” (Tiempo Argentino, 20 de enero de 2021).

También han sido objeto de una reglamentación regresiva con respecto a lo votado en julio en el Congreso aspectos centrales tales como el ámbito de aplicación o la reversibilidad. Como explica Cynthia Benzion, presidenta de la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas (AALL), la reglamentación “inexplicablemente excluye del ámbito de aplicación de la ley a quienes realizan esta modalidad de forma esporádica u ocasional, cuando la ley no realiza ninguna distinción ni exige requisitos de permanencia en la modalidad de teletrabajo para que el nuevo régimen sea aplicable” (Tiempo Argentino, 20 de enero de 2021).

Sobre la reversibilidad que estaba establecida en la ley como un derecho del trabajador, la reglamentación incorpora que es necesaria “la invocación de una motivación razonable y sobreviniente”. Dicho en otras palabras, lo que era un derecho unilateral del trabajador/a de solicitar la vuelta al trabajo presencial, ahora queda en manos de la interpretación de la patronal. En un marco de millones de trabajadores con contrataciones precarias y complicidad de la burocracia sindical con las patronales es fácil imaginar que esta reglamentación dificulta enormemente la reversión del teletrabajo por pedido del trabajador/a.

La reglamentación incluye también una restricción más a la reversibilidad reclamada fuertemente en estos meses por el sector empresario: “Las personas que trabajan que hubiesen pactado la modalidad de teletrabajo desde el inicio de la relación laboral no pueden revocar su consentimiento ni ejercer el derecho a que se les otorguen tareas presenciales, salvo lo dispuesto en los convenios colectivos de trabajo o en los contratos individuales” (decreto 27/2021, Anexo I, artículo 8°).

Podríamos seguir con los ejemplos de cómo la reglamentación que lleva las firmas del presidente Fernández; el jefe de gabinete, Cafiero, y el ministro de Trabajo, Moroni, abre aún más las puertas a las patronales para usar el teletrabajo como un caballo de Troya contra los derechos laborales y avanzar aún más con la flexibilización laboral.

Así como en su momento alertamos que la ley persigue avanzar sobre los derechos de millones de trabajadores/as, hoy planteamos que la reglamentación es un paso más en la flexibilización laboral. Como venimos haciendo desde el Frente de Izquierda Unidad y el sindicalismo combativo, llamamos a fortalecer la organización desde cada sector de trabajo para estar en mejores condiciones de enfrentar y frenar esta nueva avanzada flexibilizadora.

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