En el marco del 8 de marzo, día internacional de la mujer trabajadora, la diputada Graciela Calderón de Izquierda Socialista y la bancada del Frente de Izquierda Unidad, presentaron un proyecto de ley para que ante el crecimiento de los femicidios, transfemicidios y de los indicadores de violencia machista, el gobierno provincial otorgue un Presupuesto de Emergencia en Violencia de Género en la Provincia de Buenos Aires, en base al no pago de la Deuda Externa.
La diputada Graciela Calderón comentó: “Actualmente cada 27 horas muere una mujer a manos de la violencia machista. Lo cual demuestra que la Ley Nacional 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres no se cumple, en parte por su escaso presupuesto.”
Graciela Calderón denunció: “En provincia de Buenos Aires el gobierno de Axel Kicillof y el Frente de Todos, en complicidad con Juntos por el Cambio, votaron un Presupuesto 2022 que redujo un 8% el fondo para la lucha contra la violencia de género. En contrapartida, Kicillof declaró quevavala y acompaña el pago de la estafa de la deuda externa. Esos son millones de dólares que no van a erradicar la violencia maxhista, ni a resolver las urgentes necesidades populares.”
Calderón finalizó: “Desde Izquierda Socialista en el FITU creemos que solo hay un camino para combatir seriamente la violencia machista. Hay que crear Casas/Refugio en los 135 municipios de la provincia, ampliar los programas de contención, designar más profesionales de la salud, abogadas y abogados que se dediquen a acompañar a las víctimas de violencia de género. Para todo esto es necesario que se destine un presupuesto de emergencia para prevenir y combatir la violencia machista, cuyos recursos se obtengan del no pago de la deuda externa y un impuesto extraordinario a las grandes fortunas."
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PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
"Presupuesto de Emergencia en Violencia de Género para la Provincia de Buenos Aires"
Art. 1: Ante el crecimiento de los femicidios, transfemicidios y los indicadores de violencia machista, declárese la Emergencia en Violencia de Género para destinar presupuesto del gobierno de la Provincia de Buenos Aires necesario para la prevención y atención a las víctimas de violencia de género.
Art 2. Créase el Plan de Emergencia para la prevención, atención y protección de las víctimas de violencia de género para la Provincia de Buenos Aires para el cumplimiento de la Ley Nacional 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
Art. 3: Créase el Fondo de Emergencia contra la violencia de género. Dicho fondo se compondrá: por un aumento del presupuesto de la Provincia destinado a la emergencia, por un impuesto específico para la emergencia, a las grandes empresas, multinacionales, bancos y entidades financieras radicados en la Provincia de Buenos Aires y por la suspensión de los pagos de la deuda externa contraídas por la Provincia.
Art. 4: Los recursos del Fondo de Emergencia contra la violencia de género irán destinados a financiar las áreas públicas, entidades y organismos estatales para garantizar la real implementación de esta ley.
Art. 5: Apruébese la creación de Casas-Refugio en los 135 municipios en la Provincia de Buenos Aires para la atención y albergue de mujeres víctimas de violencia en la siguiente proporción: 1 cada 10 mil habitantes y en los municipios menores a esa cifra, habrá al menos un refugio. Las casa-refugios serán espacios de contención y protección para mujeres y sus hijas e hijos, en los casos en que la continuidad en su domicilio o residencia conlleve una amenaza a su integridad física, psicológica o sexual.
Art 6: Una vez superada la situación de emergencia de las mujeres y sus hijas e hijos, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires garantizará un alojamiento transitorio, hasta concebir la solución habitacional definitiva. El alojamiento transitorio cumple el fin de permitir una reinserción social de las mujeres víctimas de violencia.
Art.7: EI Poder Ejecutivo, a través del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, instrumentará políticas de acceso a vivienda para uso exclusivo y permanente de las mujeres víctimas de violencia de género en situación crítica habitacional, mediante subsidios o créditos con garantía hipotecaria.
Art. 8: Las víctimas en violencia de género tendrán prioridad en los planes y programas para la finalización de sus estudios, de capacitación y/o laborales, así como en los subsidios del ámbito nacional o de la Provincia.
Art. 9: Créase los equipos interdisciplinarios para el tratamiento de casos de violencia de género para hospitales y centros de salud estatales dependientes del Ministerio de Salud. Los mismos contarán con atención médica y contención psicológica, de trabajadoras/es sociales, acompañantes terapéuticos y profesionales que se consideren para dar una contención integral a las víctimas de violencia de género en todas sus dimensiones.
Art. 10: En cumplimiento del artículo 9 de la presente ley, triplíquese como mínimo la planta funcional de todos los equipos de profesionales de salud dependientes del Ministerio de salud dedicados a la atención, prevención, asistencia y protección de víctimas de violencia de género.
Art. 11: Créase el cuerpo de abogadas y abogados de la Provincia de Buenos Aires para casos de violencia machista. Este cuerpo tendrá como finalidad brindar asesoramiento y patrocinio legal gratuito en el territorio de Provincia a víctimas de violencia de género en todas sus modalidades establecidas en la ley nacional 26.485.
Art. 12: Ante el crecimiento de las llamadas a la línea 144, que realiza atención telefónica a víctimas de violencia de género, se dispone la triplicación como mínimo de la actual planta de trabajadores del sector así como el mejoramiento de las condiciones laborales para mejorar el asesoramiento a las víctimas. Las y los trabajadores de la línea que sean monotributistas y/o estén tercerizados pasarán a planta permanente del gobierno de la Provincia de Buenos Aires con igualdad de derechos laborales a sus pares y reconocimiento de su antigüedad en el trabajo.
Art 13: En el marco de la Ley 26.150 Nacional de Educación Sexual Integral (ESI), se establece la capacitación en servicio para todo el personal de todos los niveles de los establecimientos públicos y privados dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires a cargo de equipos de capacitación. La misma tendrá una perspectiva de una ESI laica, científica y con perspectiva de género. La agenda educativa deberá incluir un plan de capacitación acorde a las necesidades actuales que incluyan Jornadas ESI para docentes y todo el personal de las escuelas y talleres con suspensión de clases. Los contenidos de la ESI están adecuados a los niveles educativos.
Art. 14: Incorpórese a la ley 14.893 de Licencia para Mujeres Victimas de Violencia a todo el personal dependiente del sector privado que padezca cualquier tipo de violencia de género afectando su seguridad personal, y que por tal motivo debe ausentarse a su puesto de trabajo. La licencia se goza con percepción íntegra de haberes.
Art 15: El personal podrá solicitar traslado por razones de violencia de género, en cualquier momento del año a un cargo de igual jerarquía presupuestaria y del mismo escalafón. Se deberán proveer los medios para garantizar la confidencialidad del nuevo destino de la persona demandante. El traslado tendrá carácter provisorio mientras la persona continúe bajo situación de riesgo, sin desplazar a otro personal.
Art 16: Créase la Comisión de control y seguimiento del Plan de Emergencia contra la Violencia de género de la Provincia de Buenos Aires compuesta por representantes electas por trabajadoras de la Subsecretaria de Género y Diversidad Sexual y sus dependencias, y representantes de organizaciones de mujeres, derechos humanos, vecinales y sindicales.
Art 17: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Fundamentos
En solo enero de 2022, 28 mujeres fueron asesinadas y 1.895 desde el primer Ni Una Menos, en 2015. Esto equivale a decir que actualmente cada 27 horas muere una mujer en manos de la violencia machista. Es una dolorosa larga lista de víctimas de violencia de género, que llega a cifras escalofriantes en todo el país. Estamos viviendo una verdadera emergencia en violencia de género, por lo que es necesario que se destine el presupuesto necesario para prevenir y atacar la violencia machista.
Desde hace años, el movimiento feminista viene luchando en las calles contra la violencia de género. La enorme movilización del 3 de Junio de 2015, a través de la consigna NiUnaMenos, permitió visibilizar la violencia machista, que se manifiesta de diversas maneras y toma su forma más bestial con los femicidios y crímenes de odio contra las personas trans, travestis, lesbianas y no binaries.
Lamentablemente, si bien la violencia de género se ha vuelto una problemática social fuertemente discutida gracias a la movilización del movimiento de mujeres, todos los días nos enfrentamos ante la triste noticia de otra mujer asesinada, en general, en manos de su pareja, ex pareja o del círculo cercano. La mayoría de los casos de femicidios son la culminación fatal de una larga lista de denuncias realizadas por esas mujeres que fueran completamente desoídas por los diferentes organismos del Estado –comisarías, fiscalías, etc—
El hecho de que estos números se mantengan en cifras similares a lo largo de los años muestra la responsabilidad de los gobiernos que no destinan el presupuesto necesario para la ley 26.485 de Protección Integral a las mujeres y el acompañamiento a las víctimas denunciantes. Más aún, el gobierno provincial de Axel Kicillof en complicidad con los partidos patronales han votado un presupuesto 2022 dónde reducen un 8% el fondo para la lucha contra la violencia de género, mientras destinan millones a pagar la deuda fraudulenta deuda externa. El gobierno nacional y los provinciales, que desmantelan los programas de atención de las violencias de género y despiden a sus trabajadoras, son los responsables de estas muertes.
La reducción presupuestaria para la protección e igualdad de las mujeres tienen una explicación. El gobierno provincial y la “oposición” en el congreso tienen otras prioridades: el pago de los intereses de la estafa de la deuda que este año será de 88.916 millones de pesos. Esta suma es mucho que el ínfimo número destinado al ministerio de mujeres: solo 1.500 millones de pesos. Es decir, se destina casi 60 veces más dinero a la deuda que al ministerio de mujeres.
La brecha salarial de género alcanza el 27% para los empleos formales y supera el 35% para la informalidad. El crecimiento de la desocupación de la mano de la recesión golpea especialmente a las mujeres, quiénes son las primeras despedidas y las que tienen los trabajos más precarios y las jefas de hogar más pobres.
La agudización de la violencia contra las mujeres requiere un plan de emergencia. Por eso presentamos este proyecto para declarar en la Provincia de Buenos Aires la Emergencia en Violencia de género para atacar la violencia machista y que se destine presupuesto necesario para este fin.
Desde Izquierda Socialista en el Frente de Izquierda planteamos esta medida urgente en el camino de erradicar la violencia de género del sistema capitalista y patriarcal, que nos mata, nos somete a la violencia sexual, nos obliga a los salarios más bajos y los trabajos más precarizados. Por eso decimos que la tarea del movimiento de mujeres, lesbianas, trans y travestis es movilizarnos en las calles en alianza con la clase trabajadora para terminar con este sistema y construir una sociedad socialista que termine con toda forma de opresión y explotación.
Por todo lo expuesto, solicitamos la aprobación de este proyecto