El fin de las horas extras y de los horarios y días de trabajo fijos
Las patronales podrán exigir trabajar hasta 10 horas por día, transformando las horas extras en horas comunes. Las horas de más que excedan las 8, pasarán a estar acreditadas en un “banco de horas”, donde se compensarán las horas trabajadas de más en un día, en menos horas otro día. El trabajador no solo pierde de cobrar las horas extras, sino que queda sometido a las horas y días de trabajo que establezca la patronal.
Indemnizaciones por despidos más baratas para las patronales
El aguinaldo, las horas extras y todo lo que no sea el sueldo básico en blanco, como comisiones, extras, premios, bonificaciones, compensación de gastos o viáticos no serán más tenidos en cuenta para el cálculo de la indemnización por despidos.
Avanza con todo la tercerización laboral
Las empresas podrán tercerizar sus actividades sin tener ninguna responsabilidad con lo que haga el subcontratista con su personal.
Los trabajadores podrán ser obligados a renunciar a sus derechos
La actual Ley de Contrato de Trabajo dice que el empleado no puede “renunciar” a derechos obtenidos en el convenio de su actividad o estatuto profesional. Ahora sí podrá hacerlo. Traducido: la patronal podrá obligar al trabajador, legalmente, a aceptar condiciones de trabajo peores que las que establece su convenio colectivo.
Blanqueo para las patronales que negrean
Las patronales podrán “declarar” a sus trabajadores en negro o mal registrados sin que se les aplique ningún tipo de multa o sanción. Al trabajador “blanqueado” solo se le reconocerán hasta 5 años de antigüedad, el resto lo perderá. No solo ganan las empresas que no tendrán que pagarle las multas (o aportes patronales pendientes) al Estado. También pierden los trabajadores, ya que actualmente si un trabajador en negro es despedido y puede demostrar su relación laboral cobra un extra de 25% de todos los salarios percibidos en concepto de resarcimiento por los aportes que no realizó el patrón. Esto, con la nueva normativa, dejaría de ser cobrado, incluso en los juicios que actualmente están en curso. También desaparece la disposición actual que establece que si un trabajador en negro intimó a que se registre correctamente su relación laboral y el empleador lo despidió dentro de los dos años siguientes, le debe pagar el doble de las indemnizaciones por despido. Otra de las multas en favor del trabajador que desaparecerá es la que establece que cuando el empleador despida y no entregue los certificados de trabajo y de aportes el trabajador tiene derecho a cobrar una indemnización extra de 3 sueldos.
Más actividades eximidas de la Ley de Contrato de Trabajo
Actualmente las únicas actividades que no están incluidas son las de la administración pública (salvo que el convenio colectivo las incorpore), el trabajo rural y el servicio doméstico. Ahora se quiere ampliar estas excepciones a los “trabajadores independientes” para excluir de esos derechos a todos los monotributistas.
Que los trabajadores se paguen su propio despido
Se quiere generalizar lo que ya existe en el gremio de la construcción. Que a los trabajadores se les descuente para un fondo de desempleo (otra parte lo aporta la patronal), creándose así un “pozo” del cual el empleador paga el despido del trabajador. A la patronal, de esta forma, el despido le saldrá gratis, facilitando todo tipo de arbitrariedades.
Menos garantías para los trabajadores en los juicios laborales
Se reduce el plazo de los trabajadores para iniciarle un juicio a su patrón de dos años a solo uno.
Pasantías y contratos basura
Mano de obra barata y precarizada: se establece un sistema de “prácticas formativas” para “estudiantes y noveles graduados”. Es un nuevo salto en las pasantías, donde estudiantes trabajarán hasta un año y medio con una carga horaria de hasta 30 horas semanales, sin que las patronales deban pagar aportes jubilatorios ni a la obra social. También habrá un régimen específico para jóvenes de hasta 24 años desocupados o que provengan de hogares “en situación de vulnerabilidad social”. Las patronales podrán contabilizar los subsidios que les pague el Estado a esas personas como parte del salario, debiendo abonar solo la diferencia hasta llegar al salario mínimo de la actividad.
Amenaza a los sindicatos que no trancen con el gobierno y las patronales
Se faculta al Ministerio de Trabajo para “actualizar el Registro Nacional de Asociaciones Sindicales”. En línea con lo que dijo el presidente Macri en su discurso de la semana pasada, se busca quitar la personería a la mayor cantidad de sindicatos posibles, en particular, obviamente, a los que tengan conducciones combativas o que no se sometan a las políticas de flexibilización.