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PRORROGAR LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTICULOS 1, 2 Y 3 DE LA LEY 26160 -EMERGENCIA DE LA PROPIEDAD COMUNITARIA INDIGENA- Y SUS MODIFICATORIAS, HASTA EL 23 DE NOVIEMBRE DE 2022.

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PROYECTO DE LEY

Iniciado en: Diputados Expediente Diputados: 4805-D-2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120 Fecha: 07/09/2017

El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1: Prorróganse los plazos establecidos por los artículos 1°, 2° y 3° de la ley N°26160, prorrogados por la ley N° 26894, hasta el 23 de noviembre de 2022.
Artículo 2: Modificase el artículo 1° de la ley 26160, que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 1º — Declárase la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes o aquellas que no contaren con personería jurídica y cuya existencia sea comprobable, por el término de 5 (CINCO) años.
Artículo 3: Incorporase a la ley N° 26160 los siguientes artículos
ARTICULO 7°: Concluido el plazo estipulado en el Artículo 1° de la presente ley, se realizará una prórroga automática hasta completar el total de relevamientos y registro de las comunidades.
ARTICULO 8º: Una vez completados los relevamientos territoriales el Estado Nacional en coordinación con los estados provinciales, están obligados a entregar títulos comunitarios en acuerdo con las comunidades interesadas.
ARTICULO 9°: La reglamentación de la presente ley no podrá excederse de un plazo de treinta (30) días corridos de la sanción de la misma.
Artículo 4: El Estado Nacional asignará un fondo especial para el cumplimiento de la presente ley, el cual debe ser publicado y puesto a consideración de las comunidades originarias.
Artículo 5: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

FUNDAMENTOS

Señor presidente:


La ley N°26160 tiene fecha de vencimiento el próximo 23 de noviembre de 2017. Aún con todas sus limitaciones que este proyecto tratará de superar, la ley ha sido un impedimento a los desalojos contra comunidades originarias que, a lo largo y ancho del país, están luchando para defender el territorio que ocupan ancestralmente.
La defensa de los derechos de estas comunidades requiere que el Congreso apruebe un periodo de prórroga, en primer lugar para evitar los desalojos.
El caso más reciente de atropello que están sufriendo las comunidades originarias es el caso de las comunidades Mapuches de la Provincia de Chubut, donde se desató una brutal represión el pasado 1 de agosto en el Pu Lof Cushamen, que terminó con el gravísimo hecho de la desaparición forzada de Santiago Maldonado, lo que ha llevado a cientos de miles de personas a reclamar su aparición con vida. Pero debemos sumar también la detención ilegal del Lonko de dicha comunidad, Facundo Jones Huala, quien además tiene un pedido de extradición a Chile. Este proceso represivo por parte del Estado nacional se realiza a cuenta y orden de Benetton, de empresas mineras y petroleras a las que se les quiere entregar la Patagonia Argentina.
La situación no es diferente en el norte del país. El dirigente Wichi, Agustín Santillán se encuentra detenido injustamente en la provincia de Formosa, donde los pueblos originarios son sistemáticamente atropellados por el Estado.
En Salta, el gobernador Urtubey amenazó con pedir la remoción de una fiscal por no haber ordenado rápidamente el desalojo de una comunidad de la localidad de Embarcación, usurpada por un terrateniente de origen francés, miembro de la Sociedad Rural de Salta. Ante esta organización empresarial el gobernador ha ratificado el fin de las prórrogas de las leyes que impiden desalojos, principalmente refiriéndose a la ley provincial N° 7658 que suspende los desalojos a los campesinos principalmente criollos, y que vence a fin del 2017. Con esto el gobernador ha dejado en claro que atenderá el reclamo de la Sociedad Rural de modificar el ordenamiento territorial para ampliar los negocios agropecuarios a costa de la expulsión de comunidades originarias y campesinos.
Mineras, petroleras, agroexportadores, negocios inmobiliarios asechan los territorios indígenas en función de sus negocios, y cuentan con el apoyo del Estado, su justicia y fuerzas de seguridad. Por eso es clave la prórroga de la vigencia de la ley en cuestión.
Por otro lado, y no menos importante, es que desde que se sancionó la ley N°26160 en el año 2006, sólo se han completado los relevamientos de 459 comunidades, sobre 759 relevamientos iniciados, de un total de 1532 comunidades registradas, según un informe de Amnistía.
Es decir que es necesaria la prórroga para poder completar el total de comunidades a ser relevadas. En función de esto es que proponemos una prórroga de 5 años, desde el momento de sanción de la presente ley, y una prórroga automática hasta completar el total de comunidades.
Otro planteo que hacemos, y para salvar las limitaciones de la ley original es que se incluya a todas las comunidades que por diferentes motivos no cuentan con personería jurídica, cuestión muy reclamada por las comunidades apenas la ley fue sancionada.
También se incorpora un artículo, que establece que una vez completados los relevamientos, el Estado garantice los títulos de propiedad comunitaria de la tierra. Esta falta de obligación en el texto original de la ley es su límite más grande, puesto que ha ocurrido que comunidades relevadas y reconocido su territorio no cuentan aún con sus títulos y en algunos casos son víctimas de aprietes y hasta de desalojos, que se hacen violentando la ley en cuestión.
Por todo lo señalado y en función de defender los derechos de las comunidades originarias frente al avance de la usurpación de capitalistas y latifundistas, es que solicitamos a los señores diputados que acompañen el presente proyecto de ley.

http://www.hcdn.gob.ar/proyectos/textoCompleto.jsp?exp=4805-D-2017&tipo=LEY

Izquierda Socialista

Redacción de Izquierda Socialista y de El Socialista

Website: izquierdasocialista.org.ar

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