Escribe Pablo Almeida, delegado general ATE Ministerio de Economía
El Gobierno nacional publicó el decreto 847/2024 que reglamenta el capítulo de la reforma laboral de la Ley Bases. El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, calificó esta reglamentación como “el cambio más importante en las relaciones laborales en años”. Seguramente no se equivoque. Sólo le faltó agregar que esta reglamentación, negociada con las direcciones burocráticas de la CGT, constituye un enorme retroceso para los derechos de trabajadoras y trabajadores en nuestro país.
En primer lugar, bajo el pomposo nombre de “programa de regularización de empleo no registrado con perdón de deudas” se esconde lisa y llanamente un enorme guiño a las patronales que han violado todas las legislaciones laborales vigentes. Establece que “se les perdonará una parte significativa de las deudas que tienen con el Estado por no haber pagado los aportes correspondientes. El porcentaje de deuda perdonada varía según el tamaño de la empresa: las más pequeñas y las organizaciones sin fines de lucro recibirán un perdón del 90%, las medianas del 80%, y las más grandes del 70%”, según publicó chequeado.com.
El segundo punto concreta una vieja pretensión del poder económico local: que se destruya el esquema actual de indemnizaciones laborales. Y habilita su reemplazo con el llamado “Sistema de Cese Laboral”. Con este sistema la reglamentación va mucho más allá de habilitar el reemplazo del viejo sistema de la Ley de Contrato de Trabajo por algo similar a lo que hoy existe en aquellos sectores como la construcción. A partir de ahora el monto, plazos y modalidades de las indemnizaciones por despido dependerán de lo que se negocie en el convenio colectivo. Incluso lo que dispongan los convenios será optativo para los empleadores. Un tremendo avasallamiento a los derechos de la clase trabajadora, estableciendo que el régimen de indemnización por despido pasa a depender de la negociación colectiva sin ningún piso mínimo y permitiendo incluso que seamos los propios trabajadores y trabajadoras los que vayamos a lo largo del tiempo aportando para nuestra futura indemnización.
El tercer gran ítem de la reforma laboral es la extensión en la regulación del período de prueba laboral. Esta nueva normativa amplía dicho período pasando de los anteriores tres meses a seis. Además, la Ley contempla disposiciones especiales para las pequeñas y medianas empresas, permitiéndoles extender aún más este período en el que cualquier trabajador o trabajadora puede ser despedido sin causa y sin resarcimiento alguno hasta un año.
Todos estos avances contra nuestros derechos no dejan otra alternativa que salir a romper la tregua que las direcciones burocráticas vienen imponiendo y poner en pie un plan de lucha unificado para terminar con este avasallamiento a nuestros derechos.