PROYECTO DE LEY
La Cámara de Diputados y el Senado de la Nación, reunidos en el Congreso Nacional sancionan con fuerza de ley:
EMERGENCIA NACIONAL EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Artículo 1° - Se declara la emergencia nacional en la provincia de Córdoba ante el avance de las quemas e incendios, estableciéndose la duplicación de los fondos destinados a combatir el fuego, con asignaciones presupuestarias específicas.
Artículo 2° - Se declaran zonas de protección y remediación ambiental a todo territorio alcanzado por las quemas e incendios durante los últimos 15 años. Se prohíben modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio, de acuerdo a las categorías de conservación asignadas por el ordenamiento territorial de los bosques nativos.
Artículo 3° - Se prohíbe todo tipo de loteo para emprendimiento inmobiliario, desarrollismo urbano, actividad agro ganadera y/o minera y toda actividad incompatible con la regeneración de la cubierta vegetal por el término de 20 años en los territorios determinados en el artículo 2°- de la presente Ley.
Artículo 4° - Se crea un organismo autónomo de ejecución de las disposiciones de la presente ley, integrados y controlados por Asambleas Populares Ambientales y Vecinales, que serán constituidas en forma directa por los trabajadores, brigadistas, trabajadores de Parques Nacionales, las comunidades originarias y los pueblos de cada zona, con poder de veto, control y pleno mandato para que se garantice el cumplimiento de esta ley. Dicho organismo tendrá asimismo la tarea de dirigir, fiscalizar y controlar a los equipos de rescate nacionales y provinciales que llevan a cabo el combate al fuego.
Artículo 5° - Se establece una asignación presupuestaria específica para la recuperación del monte original en las zonas donde fue destruido por los focos incendiarios provocados.
Artículo 6° - Las partidas presupuestarias establecidas en los Artículos 1° y 5° serán las que demande el cumplimiento de los objetivos allí consignados, debiendo ser éstas incrementadas todas las veces que resulte necesario de acuerdo con los relevamientos realizados en los términos del Artículo 7° de esta ley y requerimientos elevados por el organismo creado en el Artículo 4° de la presente.
Artículo 7° - Se ordena la realización de un inventario y relevamiento de todas las zonas afectadas por los incendios y la puesta en marcha de un plan integral de remediación del ecosistema.
Artículo 8° - Las partidas presupuestarias establecidas en los Artículos 1o y 5o, así como las disposiciones que emerjan de la aplicación del Artículo 6o y la completa implementación de la presente Ley, deberán emerger de un impuesto especial a las grandes fortunas y ganancias de los grandes empresarios y multinacionales.
Artículo 9° - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La provincia de Córdoba está nuevamente siendo sacudida por focos de incendios en al menos cuatro regiones y ya se denuncia la quema de unas 40 mil hectáreas. En los momentos que presentamos el presente proyecto de ley, sigue habiendo fuegos activos en el Dique de los Alazanas y atrás del Cerro Uritorco, con situaciones muy comprometidas en Villa Cielo, Valentí y Aguas Azules, así como Capilla del Monte, Villa Giardino, Río Pinto.
Tras recurrentes incendios que viene sufriendo la provincia en los últimos años, ya son decenas de miles de hectáreas de bosque nativo las que han sido quemadas y se calcula que sólo queda el 3% del monte nativo, afectando las principales cuencas hídricas. Se vivieron momentos dramáticos en viviendas de las zonas incendiadas, con hasta el momento 14 viviendas incineradas sólo en Capilla del Monte, donde las familias debieron ser evacuadas junto a amplios sectores de la población.
Estos incendios no son casualidad ni tampoco consecuencia del clima, aunque el cambio climático que el gobierno de Milei niega, es un factor agravante para la propagación del fuego. Como denuncian los pobladores de la zona, son incendios intencionales, animados por intereses empresariales basados en la explotación capitalista del suelo para los agro-
negocios y la especulación inmobiliaria. Son el resultado de una política de Estado que tiene detrás grandes intereses económicos, los cuales hemos podido observar con el uso que se les da a las tierras que fueron quemadas años anteriores.
Para combatir estos negocios, el presente proyecto de ley declara la emergencia nacional en la provincia de Córdoba, estableciendo partidas presupuestarias específicas, con el fin de maximizar los recursos de combate para extinguir y terminar con este infierno.
Junto con otras disposiciones, prohíbe el cambio de uso del suelo de las zonas recién quemadas y destina fondos para recuperar el monte original en las zonas donde fue destruido por los focos incendiarios provocados. Se crea asimismo un organismo con participación vecinal, de trabajadores, pueblos originarios y organizaciones ambientales, con carácter vinculante y plenas funciones en la dirección de la ejecución de las disposiciones establecidas por esta ley, así como en el control y fiscalización, con pleno poder de veto. Entre sus tareas, está resolver sobre el destino de las tierras saneadas y recuperadas que no podrán ser utilizadas para ningún “emprendimiento inmobiliario, desarrollismo urbano, actividad agro ganadera y/o minera y toda actividad incompatible con la regeneración de la cubierta vegetal por el término de 20 años”.
Se establece que los equipos de rescate nacionales y provinciales tienen que ser llevados a cabo por este organismo autónomo con control vecinal, atendiendo las denuncias que realizan vecinos en el territorio respecto del accionar del Equipo Técnico de Acción ante Catástrofes (ETAC), dependiente de la Policía provincial de Córdoba. Los vecinos denuncian que, en lugar de prevenir el avance del fuego, impiden mediante políticas represivas la intervención de las organizaciones vecinales. Asimismo, son numerosas las denuncias de que este equipo, mediante la práctica de contra fuego inaplicable en periodos de fuertes vientos y altas temperaturas, estaría direccionando el fuego hacia pulmones de montes. Los incendios en Córdoba vienen a agrandar la frontera agropecuaria y seguir con la especulación inmobiliaria. Al servicio de esta política, están devastando el monte, el hogar de cientos de miles de familias y nuestra biodiversidad.
Las llamas no solo consumen árboles y animales, también arrasan con el aire que respiramos y el futuro de las comunidades. Por eso esta ley refuerza y empodera a la acción colectiva y las organizaciones de lucha contra los negociados inmobiliarios y agropecuarios, para terminar con los incendios en la provincia de Córdoba. Por todos estos motivos, y los que expondremos oportunamente, solicitamos a las y los diputados nacionales la aprobación del presente proyecto de ley.