El juez dijo: “Es de observar que las protestas sociales que únicamente toman el espacio público para dirigir sus reclamos, para hacerse oír por las autoridades que no han recibido y canalizado sus solicitudes, no debería ser sujeta a medidas tan gravosas e intensas como lo es la acción penal, porque ello conduciría a la criminalización de manifestaciones sociales pacíficas”. Resolviendo que “la conducta verificada no encuadra en una figura legal por lo que corresponde su desvinculación definitiva del proceso”.
El “Pollo” señaló: “Este fallo nos da la razón a los ferroviarios y a todos los luchadores: que no es delito la justa protesta en defensa de nuestros derechos. Ahora exigimos que el gobierno desactive el pedido de desafuero sindical contra nuestros delegados por el solo hecho de adherir al paro general del pasado 28 de agosto. Hemos logrado un gran paso en el camino de enfrentar la persecución a todos los luchadores. Como la que se lleva adelante contra otros dirigentes con quienes compartimos el Encuentro Sindical Combativo, como el ‘Perro’ Santillán y Horacio Catena, de la CTA Tierra del Fuego, que va a juicio por luchar. O la persecución contra los delegados y despedidos de Lear. Este fallo debe servir para fortalecer la lucha por el desprocesamiento de los más de 6.000 luchadores sociales.”